Córdoba: la Legislatura aprobó por unanimidad el Voto Joven

La Legislatura de Córdoba aprobó la modificación del Código Electoral cambiando el artículo 8 de la ley 9.571, ampliando la base electoral a los mayores de dieciséis años “hasta el día de la elección”, reuniendo los demás requisitos exigidos por la ley. El voto de los jóvenes de 16 y 17 años será optativo (o no obligatorio), como en el caso de los mayores de setenta años.

Asimismo, se modificó la Ley Orgánica Municipal, en lo que se refiere a la conformación del cuerpo electoral municipal (artículo 129) y comunal (artículo 212), armonizando las disposiciones para la elección provincial y municipal.

Finalmente, se ha impulsado la incorporación efectiva a la vida del joven al partido político permitiendo la posibilidad de afiliarse, participar en elecciones e incluso asumir algunas funciones que no estén limitadas por su condición de menor de edad.

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